
ℹ️ En el año 2.015 el Tribunal Supremo declaró abusivas y, por tanto, nulas, las cláusulas que imponían todos los gastos de formalización de las hipotecas eran a cargo del hipotecario. Tras las Sentencias del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2019, de 24 de julio de 2020, de 26 de octubre de 2020 y de 27 de enero de 2021, se ha concretado el porcentaje que le corresponde abonar al banco así como el que le corresponde al hipotecario, quedando distribuido del siguiente modo:
• Notaría: Se abona por mitad entre el banco y el hipotecario.
• Registro de la propiedad: Debe abonarlo por completo el banco.
• Gestoria: Debe abonarlo por completo el banco.
• Tasación: Debe abonarlo por completo el banco.
• Comisión de apertura: Debe abonarlo por completo el banco.
💶 En Salar Abogados hemos hecho un cálculo aproximado del montante económico que ese reparto supone para el hipotecario:
• Notaría: 200 euros.
• Registro de la propiedad: 150 euros.
• Gestoria: 250 euros.
• Tasación: 350 euros.
• Comisión de apertura: 500 euros.
• Intereses.
Por lo que podrías recuperar ¡1.350 euros! 💸 Así que no lo dudes y contacta con nosotros 📞 📩
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