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INCAPACITACIÓN JUDICIAL

En ocasiones se hace necesario iniciar un procedimiento de jurisdicción voluntaria para solicitar que se declare la incapacitación judicial de personas que padecen enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico le impiden a una persona gobernarse por sí misma.

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Estos procedimientos suelen darse sobre todo en personas que padecen enfermedades de carácter psíquico, como alzehimer, esquizofrenia etc., y que no disponen de la capacidad de obrar suficiente para tomar decisiones en su vida personal y patrimonial.

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El objetivo es la protección de los intereses y derechos del incapacitado, tanto a nivel personal como patrimonial.

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En estos casos se nombra a un tutor que le represente, o a un curador que complemente su capacidad de obrar. La diferencia entre la tutela y la curatela está en el grado de disminución que padece una persona para autogobernarse.

Paciente y enfermera
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