Ayer fue el día nacional de los trabajadores, y por ello vamos a dedicar la semana a ver los distintos aspectos del ámbito del trabajador, como son sus derechos, obligaciones, jornada, vacaciones o salario. Pero antes de adentrarnos en todo esto, ¿cuál es la definición de trabajador?
El artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores define el concepto de trabajador como aquella persona que presta de forma voluntaria sus servicios retribuidos, por cuenta eran y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona ya sea física o jurídica.
Por lo tanto, podrán firmar un contrato de trabajo los mayores de edad no declarados incapaces, así como los menores de dieciocho años y mayores de dieciséis con consentimiento de sus padres o tutores, o persona que los tenga a su cargo, prohibiéndose el trabajo a los menores de dieciséis años.
Los menores de dieciocho años no podrán realizar trabajos nocturnos ni actividades consideradas insalubres, penosas, nocivas o peligrosas, así como la realización de horas extraordinarias.
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