
¿Sabías que una pareja de hecho tiene derecho a disfrutar del permiso por matrimonio y en las mismas condiciones que un matrimonio? 👫👭👬
⚖️ ¡Pues así es! El Tribunal Superior de Justicia de Murcia así lo ha establecido en una reciente sentencia 🧑⚖️
‼️A pesar de que en el convenio colectivo no recoja expresamente este motivo, la normativa da a las parejas de hecho la misma consideración jurídica y administrativa que da a los matrimonios, equiparando ambas instituciones 👇
📜 En este sentido, el TSJ de Murcia manifiesta que "el artículo 9.2 de la Constitución establece la obligación de los poderes públicos a promover las condiciones necesarias para que todo individuo goce de plenas condiciones de libertad e igualdad efectivas y reales, así como a actuar contra los obstáculos que impidan la plenitud de este derecho, en concordancia con el artículo 1.1 del mismo texto legal, como valor superior del ordenamiento jurídico, así como el artículo 39 de la Constitución dispone que los poderes públicos asegurarán la protección social, económica y jurídica de la familia", siendo la pareja de hecho legalmente constituida un nuevo modelo de familia aceptado a nivel social, por lo que la misma debe tener el efectivo amparo y protección legal.
En la mencionada sentencia, el TSJ de Murcia continúa diciendo que "sin duda, ampara la libertad y la igualdad de la persona mediante un trato idéntico, basado del mismo modo que el matrimonio en un mismo y común vínculo afectivo y proyecto de vida, lo que vendría a integrar un nuevo modelo de familia, lo que llevaría, como se efectúa por la referida Ordenanza, a que la pareja de hecho, legalmente constituida, debe mantener los mismos beneficios administrativos y jurídicos que el matrimonio, y ello en armonía con la normativa constitucional"
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