
ℹ️ Cuando una persona fallece, para que los herederos puedan repartirse la herencia es necesario aportar una serie de documentación, que varía en función de si el fallecido o la fallecida haya otorgado testamento o no.
📝 Hay varios documentos que son comunes para ambos casos, estos son:
👉 D.N.I. de la persona fallecida.
👉 Certificado de defunción del Registro Civil.
👉 Certificados de últimas voluntades y seguros*.
*Es en este último documento donde figura si la persona fallecida hizo testamento y, en caso afirmativo, ante qué notario.
📝 Si el fallecido tenía testamento, además de los dos documentos anteriores, se requiere la siguiente documentación:
👉 Testamento.
📝 En el caso de que no haya testamento y la sucesión sea intestada, la documentación requerida es la siguiente:
👉 Acta notarial de declaración de herederos abintestato.
Una vez que se tenga la documentación indicada en este post, se podrá proceder a la aceptación y adjudicación de la herencia o la renuncia a ésta.
En Salar Abogados somos expertos en herencias. Si deseas un asesoramiento completo, no dudes en contactar con nuestro despacho:
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